jueves, 16 de junio de 2016


6.1. Necesidade de criterios éticos na investigación científica. Progreso científico-técnico e valores éticos.


 RESUMEN

El análisis de la aplicación de los principios éticos en las investigaciones científico-médicas se realiza desde una perspectiva histórica, cubana y universal, con énfasis particular en la atención primara de salud. Se analiza, dentro de dicho contexto histórico, como el desarrollo actual de las ciencias médicas encuentra sus hitos principales en la revolución educacional cubana, desde la campaña de alfabetización hasta los programas de la revolución en salud, con un hito importante en la revolución biotecnológica cubana y la creación del polo científico del este de La Habana. La introducción de nuevos conceptos en la atención primaria de salud en la década de los 80, con la introducción del médico y la enfermera de la familia, añade nuevos retos al papel científico y ético de estos profesionales de la salud, como primer eslabón de la labor de la atención a la población, donde el centro lo constituye el hombre como ser social.






6.5. ¿Por qué hay que conservar el medio ambiente? (El impacto medioambiental del progreso científico y tecnológico. La ética ecológica).


¿Por qué hay que conservar el medio ambiente?

¿Hay que imponer límites a la transformación de la naturaleza?

¿qué tipo de límites y por qué?

¿En qué se fundamenta la idea de que debemos proteger el medio ambiente?

¿Qué es el ecologismo y la ética ecológica?

¿Se opone la ecología al desarrollo económico?

¿Qué es el desarrollo sostenible y el decrecimiento?




Pese a que todos los días vemos los motivos por los cuales es tan importante proteger nuestro ambiente , aún hay gente que se pregunta por qué... por qué debemos cuidar nuestro planeta. 
Creemos que la belleza del mundo es inmensa y que la sola idea de ir perdiéndola poco a poco es terrible. Amar a la naturaleza es lo que nos da fuerzas para defenderla día a día. Mirar el cielo limpio, observar un río claro y lleno de vida, sentir el aroma especial que tiene un bosque después de la lluvia, contemplar a un pájaro construyendo delicadamente su nido... todas estas cosas queremos seguir haciéndolas. 

Pero también debemos proteger nuestro ambiente porque lo necesitamos. ¡Y mucho! Dependemos de él para existir. Nuestro planeta nos brinda todos los recursos naturales que necesitamos para alimentarnos, construir nuestras viviendas, tener luz, transportarnos, vestirnos, etc. Mira un segundo a tu alrededor... todo lo que ves - papel, lápiz, computadora, goma, etc. Se obtiene, directa o indirectamente, del ambiente, por lo cual es importante que aseguremos su capacidad de continuar proveyéndolos. 

Si destruimos el ambiente estaremos perjudicando a nosotros mismos, a nuestros hijos y a nuestros nietos. Cuidar el mundo es cuidarnos y esa es otra muy buena razón ¿no te parece? 

jueves, 9 de junio de 2016


6. OS VALORES ÉTICOS E A SÚA RELACIÓN COA CIENCIA  E A TECNOLOXÍA.

A ciencia e a técnica teñen unha poderosa influencia sobre a nosa forma de vida, posto que vivimos nunha sociedade moi tecnificada que alterou severamente, para ben e para mal, o medio físico. A ciencia e a técnica permítennos separarnos das ataduras da Natureza; axúdannos, por exemplo, a combater a enfermidade ou a vivir nun mundo con menos ameazas. Limitacións ecolóxicas O uso da tecnoloxía e a forma en que se aplica o coñecemento científico provocan efectos negativos. Vemos como aparecen algúns problemas sanitarios modernos, que antes non existían, por un uso indebido de certas técnicas. Por exemplo, o mal das vacas tolas, que se debe á alimentación de tales animais a base de fariñas cárnicas. Esta forma de alimentar ás vacas favorecía o seu rápido crecemento e, ademais, permitía o reciclado de proteínas que, doutra forma, se perderían. E é posible atopar moitos máis exemplos de problemas xerados por un uso extensivo e equivocado de certas técnicas que, finalmente, teñen efectos negativos sobre a saúde das persoas: a contaminación do aire xerada polos tubos de escape dos coches, a contaminación química que se produce na elaboración de certos bens, as afeccións que causan os procesos de xeración e uso da enerxía etc.





5.9 XERACIÓNS DE DEREITOS E FEITOS HISTÓRICOS QUE INFLUÍRON NO SEU DESENVOLVEMENTO


UN VISTAZO A LOS ANTECEDENTES DE LOS
DERECHOS HUMANOS


Originalmente, los individuos tenían derechos sólo por pertenecer a un grupo, como una familia o clase social. Entonces, en el año 539 a.C., Ciro el Grande, tras conquistar la ciudad de Babilonia, hizo algo totalmente inesperado: liberó a todos los esclavos y les permitió volver a casa. Aún más, declaró que la gente tenía derecho a escoger su propia religión. El cilindro de Ciro, una tablilla de arcilla con estas proclamaciones inscritas, se considera la primera declaración de derechos humanos en toda la historia.
La idea de los derechos humanos se difundió rápidamente hasta India, Grecia y finalmente Roma. Los hitos más importantes incluyeron:
1215: La Carta Magna, que dio a la gente nuevos derechos e hizo que el rey estuviera sujeto a la ley.
1628: La Petición de Derechos, que estableció los derechos de la gente.
1776: La Declaración de Independencia de los Estados Unidos, que proclamaba el derecho a la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad.
1789: La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, un documento de Francia que establecía que todos los ciudadanos son iguales ante la ley.
1948: La Declaración Universal de Derechos Humanos, el primer documento que proclama los 30 derechos a los que todo ser humano tiene derecho.




5.8 ESTRUCTURA DA DUDH : OS SEUS ARTIGOS E OS TIPOS DE DEREITO.


La adopción de la Declaración Universal de los Derechos Humanos en 1948 " fue la primera ocasión en que las comunidades orgranizadas de Naciones …. realizaron una Declaración de de derechos humanos y libertades fundamentales...."
Dicho acto es concebido como un logro de todas los pueblos y naciones’ la Declaración Universal... se ha convertido es una medida que sirve para evaluar el grado de respeto hacia los estándares de derechos humanos..."
Durante la proclamación de Teherán, adoptada por la Conferencia Internacional de Derechos Humanos, en 1968, se llegó a la conclusión de que la Declaración Universal .... manifiesta un entendimiento común de los pueblos del mundo en todo lo concerniente a los derechos humanos inalienables e inviolables de todos los miembros de la familia humana y constituye una obligación para los miembros de la comunidad internacional.
La Declaración esta compuesta por 30 artículos que hablan tanto de los derechos civiles y políticos, como los económicos , sociales y culturales; y que pertenecen a todas las personas, sin discriminación alguna.
Los derechos económicos , sociales y culturales están establecidos en los Artículos 22 al 27 y son derechos que pertenecen a todo individuo como "miembros de la sociedad" " El Artículo 22 caracteriza a estos derechos como indispensables para la dignidad humana y libre desarrollo de la personalidad e indica que ellos serán obtenidos a través de los esfuerzos nacionales y cooperación internacional. A la vez, se refriere también a las limitaciones para su completo goce, el cual depende de los recursos del Estado."







5.7 ELABORACIÓN DA  DUDH E CREACIÓN DA  ONU . CIRCUNSTANCIAS HISTÓRICAS, OBXECTIVOS DE AM-BOS OS ACONTECEMENTOS E PAPEL DA  DUDH COMO CÓDIGO ÉTICO  DE CONDUTA DOS ESTADOS.


HISTORIA DE LA REDACCIÓN DE LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS

La DUDH: La primera declaración mundial sobre la dignidad y la igualdad inherentes a todos los seres humanos
A lo largo de la historia, los conflictos, ya sean guerras o levantamientos populares, se han producido a menudo como reacción a un tratamiento inhumano y a la injusticia. La Declaración de derechos inglesa de 1689, redactada después de las guerras civiles que estallaron en este país, surgió de la aspiración del pueblo a la democracia. Exactamente un siglo después, la Revolución Francesa dio lugar a la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano y su proclamación de igualdad para todos. Sin embargo, muy a menudo, se considera que el Cilindro de Ciro, redactado en el año 539 a.C. por Ciro El Grande del Imperio Aqueménida de Persia (antiguo Irán) tras la conquista de Babilonia, fue el primer documento sobre derechos humanos. En cuanto al Pacto de los Virtuosos (Hilf-al-fudul) acordado por tribus árabes en torno al año 590 d.C., es considerado una de las primeras alianzas de derechos humanos.
El documento que más tarde pasaría a ser la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH), se examinó en el primer período de sesiones de la Asamblea General, en 1946. La Asamblea revisó ese proyecto de declaración sobre los derechos humanos y las libertades fundamentales y lo transmitió al Consejo Económico y Social para que lo "sometiera al análisis de la Comisión de Derechos Humanos y que ésta pudiera preparar una carta internacional de derechos humanos". La Comisión, en su primer período de sesiones, celebrado a principios de 1947, autorizó a sus miembros a formular lo que denominó "un anteproyecto de Carta Internacional de Derechos Humanos". Posteriormente, esta labor fue asumida oficialmente por un Comité de Redacción integrado por miembros de la Comisión procedentes de ocho Estados, que fueron elegidos teniendo debidamente en cuenta la distribución geográfica.Después de la Segunda Guerra Mundial y la creación de las Naciones Unidas, la comunidad internacional se comprometió a no permitir nunca más atrocidades como las sucedidas en ese conflicto. Los líderes del mundo decidieron complementar la Carta de las Naciones Unidas con una hoja de ruta para garantizar los derechos de todas las personas en cualquier lugar y en todo momento.



jueves, 2 de junio de 2016


       5.6 IUSPOSITIVISMO DE KELSEN


Positivismo en KELSEN


Hans Kelsen  defendió  una  visión  positivista como la manera mas apropiada para regular las conductas y las relaciones sociales ya que están establecidas de manera escrita en los textos normativos  del  ordenamiento jurídico. Para kelsen no debía estar sujeta la moral ya que las  emociones y  los  sentimientos  son  subjetivos,  irracionales  y  la  historia  nos  ha demostrado  que  la  moral  aunque  aparentemente  justa  para  estar contenidas  en los ordenamientos jurídicos y en las leyes han producido caracteres desastrosos e injustos  para  la  comunidad  por  lo  que  Kelsen llega  a  la  conclusión  de  que  el legislador  no  debería  mirar  la  moral que  es  inherente  al  derecho  natural.
La  justicia es un  valor en el que todo ciudadano  debe  resaltar,  exigirlo  y en  debidas  circunstancias  luchar  por  él.  Una comunidad  sin  justicia no  es  una  comunidad  ya  que  sin  este  valor  supremo  las comunidades  estarían  sin  una  meta  o  sin  un  objetivo.
Kelsen  elabora  un  teoría  pura  de  derecho,  una  teoría  que  no  tuviera contaminación  política ni elementos de las ciencias de la naturaleza, de ésta forma  tener por objeto las leyes que son propias de la teoría del derecho, es decir  una  teoría  que  esté  sujeta  a  leyes  propias  donde  su  análisis deba  de ser preciso y objetivo,  el cual sería de gran ayuda para quienes se apoyaban
en él teniendo así sus propios criterios.




          5.5 IUSNATURALISMO DE LOCKE.


  • Lo que precedió al ius naturalismo

  • La muerte de Aristóteles señala el comienzo de una nueva era en la política y en la historia de la civilización europea. El fracaso de la ciudad estado se dibuja como una línea tajante que corta la historia del pensamiento político, en tanto que, desde esa fecha en adelante, su continuidad no se interrumpe hasta nuestros días. La aparición del cristianismo produjo cambios superficiales en su curso y, por grandes que sean los cambios posteriores producidos en el pensamiento político, no presentan en todo caso una solución de la continuidad desde la aparición de la teoría del derecho natural en la escuela estoica hasta la doctrina revolucionaria de los derechos del hombre.
    El hombre, como animal político, fracción de la ciudad estado autónoma, acaba con Aristóteles y comienza el hombre como individuo, el cual necesita conocer la regulación de su vida, así como sus relaciones con otros individuos. Para hacer frente a la primera de esas necesidades surgieron las filosofías de la conducta; para hacer frente a la segunda, ciertas nuevas ideas de fraternidad humana.
    Los hombres tenían que aprender a vivir solos y juntos en una nueva forma de unión social. La primera tarea a contemplar era el desarrollo que se produjo de aquellas religiones que ofrecían la esperanza de la inmortalidad personal y establecían ritos de iniciación en alguna unión mística con un Dios. Todas las filosofías posteriores a Aristóteles se convirtieron en instrumentos de enseñanza y consolidación éticas que con el paso del tiempo adoptaron cada vez más las características de la religión; en muchos casos la única religión que tenía un hombre educado era la filosofía, aquí es donde la religión y la filosofía se juntan y lo que posteriormente será la principal preocupación de los iusnaturalistas al querer separarlas. Es imposible no ver en este desarrollo religioso una ayuda emotiva para hombres que, sin ella, se sentían obligados a enfrentarse al mundo solos, y pensaban que sus facultades naturales eran demasiado débiles para pasar la prueba, y en esta forma, los hombres comienzan a fabricarse almas.
    Las dos corrientes filosóficas más importantes que influyeron y antecedieron al ius naturalismo fueron:

  • Estoicismo

  • Las concepciones de los derechos del hombre y una forma de justicia y humanidad universalmente obligatoria pasaron a formar parte sólida de la conciencia moral de los pueblos europeos. Se conservó la concepción de que los usos y costumbres, los derechos y privilegios prescriptivos y el poder superior debían justificarse ante el tribunal de una norma superior, que debían estar sometidos, al menos, a la crítica y a la investigación racional.
    Esta norma de reinterpretación y readaptación exigió mucho tiempo y recibió contribuciones de muchas fuentes. Sus orígenes son especialmente oscuros, pero, por lo que hace la filosofía, acabó por identificarse principalmente con la mantenida por la escuela estoica.
    Los estoicos tenían una vigorosa creencia en el poder abrumador de la divina providencia; consideraban sus vidas como vocación, deber asignado por Dios, de la misma manera en que un soldado tiene un deber asignado por su jefe.

  • Platonismo

  • Este fue el último periodo de la filosofía antigua. Se le considera generalmente como una renovación y recapitulación de todo el pensamiento griego. Un rasgo característico de esta etapa es la expresión de un fuerte sentimiento místico y un anhelo religioso de salvación.
    Se sirve de la filosofía platónica para el planteamiento de supuestas verdades de índole religiosa, esto es verdades que se consideran reveladas al hombre. Sus características son: la verdad como algo de naturaleza religiosa; el carácter absoluto de la trascendencia divina; la teoría de la emanación (todo se deriva de Dios); y la distinción de dos mundos: inteligible y sensible.

  • Origen del ius naturalismo

  • Políticamente el renacimiento se inicia con el paso del feudalismo al capitalismo. La aristocracia de los señores feudales, cuyo dominio había perdurado tanto tiempo en el siglo XV, pierde su autoridad política y también su poderío económico ante los príncipes y reyes que, con el apoyo de un comercio, una industria y una minería florecientes, se adueñan del poder y logran afianzar los Estados nacionales y la monarquía absoluta.
    La fuerza y las funciones del Estado aumentan considerablemente y poco a poco va sustituyendo a la iglesia en su carácter de máxima autoridad, aunque con un área de influencia mucho más limitada que no afecta la moralidad ni la vida espiritual del hombre. Los ideales del Estado de esta época no miran hacia un mundo extraterreno y se limitan a buscar un nacionalismo bien definido como base de un país libre y autónomo, sin subordinación religiosa o moral.
    En esta época se produce una gran transformación en la sociedad europea, manifiesta un nuevo estilo de vida, mucho más libre y abierto, que somete a crítica los valores morales, religiosos e intelectuales de la edad media.
    Una característica de los hombres de esos tiempos es su rebeldía contra la autoridad establecida, principalmente de tipo religioso, la cual tiene entre sus resultados más significativos la reforma religiosa y el humanismo. Esto trajo consigo, un proceso de liberación en la filosofía política de la teología que fue posible por una secularización de los intereses intelectuales inherente a la vuelta de los estudios a la antigüedad. El estoicismo y el platonismo, como ya lo mencioné anteriormente, dieron por resultado un nuevo grado de naturalismo y racionalismo.
    John Locke:
    A Locke se le ha llamado el padre de la moderna democracia por su lucha a favor de un estado democrático.
    Locke rechaza la doctrina del absolutismo y del derecho divino de los reyes, pues para el todos los hombres son libres e iguales por naturaleza; además piensa que los individuos poseen algunos derechos, entre ellos el de la propiedad. Según Locke, todo hombre posee el derecho natural a la propiedad, cuyo fundamento es el trabajo.
    En un estado natural no es fácil defender racionalmente los derechos de cada individuo, pues a veces un hombre no es capaz de protegerse por sí mismo de las agresiones de los demás y en otras ocasiones cometen abusos arbitrariedades arguyendo legítima defensa; por tanto se requiere de una organización política y una ley para superar las desventajas del estado natural.




     5.4 CONVENCIONALISMO DOS SOFISTAS

    Creencia que considera como verdaderos los principios que rigen el comportamiento social, entendiendo que éstos están basados en acuerdos sociales más que en la realidad externa.
    El concepto se puede llegar a aplicar a muy distintos campos del conocimiento, desde las reglas de la gramática, hasta la lógica, la ética, el derecho, la ciencia, la moral, la filosofía, etc. Por su parte, el convencionalismo ético está relacionado con el relativismo moral y se opone al universalismo.




          5.3 JUSTIFICACIÓN DE LAS NORMAS JURÍDICAS

    Por su origen

    Atendiendo al origen o a las fuentes de donde proceden, podemos distinguir los siguientes tipos de normas:

    1. Legales
    2. Consuetudinarias
    3. Jurisprudenciales
    4. Negociales
    1. Legales

    Son normas escritas dictadas por los órganos legislativos competentes del Estado. Una ley aprobada por las Cortes Generales, una Orden ministerial, cualquier disposición emanada de las Comunidades Autónomas, o el bando de un alcalde son ejemplos de este tipo de normas.

    Habitualmente necesitan un acto solemne de promulgación, que acredita la existencia de la misma (publicación en el Boletín Oficial correspondiente).

    2. Consuetudinarias

    Se trata de la repetición reiterada de determinadas conductas, las llamadas “costumbres jurídicas”. Nuestro Código Civil las recoge como parte del Derecho en su artículo 1.1.

    Para su existencia como auténticas normas jurídicas se exige que tales comportamientos consuetudinarios se realicen con el convencimiento de que son conductas jurídicamente obligatorias.

    En los ordenamientos jurídicos modernos suele afirmarse que no puede existir una norma consuetudinaria que no esté de acuerdo con la ley, no siendo admisible la costumbre “contra legem”.

    3. Jurisprudenciales

    Normas que provienen de la actividad judicial llevada a cabo por algunos tribunales. Tienen dos manifestaciones:

    • Por un lado, la doctrina que de modo reiterado establezca el Tribunal Supremo. Así lo recoge nuestro Código Civil en el art. 2.6: “la jurisprudencia complementará el ordenamiento jurídico con la doctrina que de modo reiterado establezca el Tribunal Supremo al interpretar y aplicar la ley, la costumbre y los principios generales del Derecho”.
    • Por otro lado, la sentencia de un Tribunal, en cuanto que dicho fallo es un mandato por el que se regulan las relaciones entre las partes afectadas por dicha sentencia.
    4. Negociales

    Las contenidas en las cláusulas de los contratos o negocios jurídicos, puesto que lo establecido en ellas por las partes les obliga jurídicamente.